Normas de acceso al Teleférico
Sin perjuicio del derecho de admisión que seguidamente se referirá, los usuarios del Teleférico del Teide deberán apreciar, con carácter previo, su propia aptitud para la utilización de las instalaciones, a fin de evitar poner en peligro la seguridad, salubridad o normal funcionamiento del servicio.
Concretamente, deberán abstenerse de utilizar los servicios de Teleférico del Teide, en las siguientes circunstancias:
- Cuando no lleve calzado apropiado, es decir, cuando no se lleve calzado deportivo o de montaña, quedando expresamente prohibido, por motivos de seguridad, el acceso en cholas o chanclas, calzados sin sujeción trasera, calzado con tacones/cuñas o calzado abierto de suela lisa.
- Cuando se vaya acompañado de animales. Se exceptúan de este supuesto los perros guías y/o terapia, que sí se admiten.
- Se encuentre en situación de embriaguez, drogadicción u otras condiciones que puedan ir en detrimento de su propia seguridad o de los demás usuarios o del servicio.
- La utilización de las instalaciones por menores de 16 años que no vayan acompañados en todo momento por algún adulto.
- Cuando el usuario tenga síntomas de mal de altura, mareo, fiebre o malestar/dolor físico o cuando tenga enfermedades cardiovasculares o neurológicas o de análoga gravedad.
- No se permite el ascenso en Teleférico a personas con problemas cardiovasculares, mujeres embarazadas o niños menores de 3 años por riesgo de daños a la salud debido a la altura. Consulta con tu médico antes de planificar la visita o reservar tus tickets de Teleférico del Teide si sufres problemas de salud. Tampoco se permite el ascenso en Teleférico a personas con diversidad funcional física o motora dado que, por las condiciones técnicas del Parque Nacional, no es posible garantizar su evacuación segura en el tiempo requerido por la normativa vigente.
- En general, cuando el usuario tenga alteradas sus capacidades de manera que pueda interferir en el normal funcionamiento del teleférico.
- Cuando el usuario tenga un comportamiento agresivo o irrespetuoso con el entorno, otros usuarios o con el personal de Teleférico del Teide.
- Se denegará la utilización del servicio de solo subida cuando no se disponga del permiso obligatorio para la bajada a pie por alguno de los senderos que lo requieren: PNT 07 Montaña Blanca - La Rambleta, PNT 09 Teide - Pico Viejo - Mirador de las Narices del Teide, PNT 23 Regatones Negros, PNT 28 Chafarí.
Sin perjuicio de lo anterior, el personal trabajador de Teleférico del Teide se reserva el derecho de admisión de aquellos clientes y usuarios que puedan suponer un riesgo de seguridad, salubridad u orden del funcionamiento del servicio, así como en aquellos casos en que se hayan realizado usos fraudulentos, vandálicos o poco cívicos / éticos en relación con los billetes de acceso, inmediaciones e instalaciones del teleférico o, en general, en el Parque Nacional del Teide, eximiéndose expresamente en estos casos de responsabilidad por parte del Teleférico y/o sus trabajadores y renunciando a derecho al reembolso.